La UE publica un informe de evaluación de su estrategia frente al fracking



La Comisión Europea ha publicado un informe en el que se examina la eficacia de la estrategia de la UE en relación al shale gas o gas de esquisto. El informe se centra en torno a una Recomendación de 2014 sobre el uso de este gas, mediante la cual se invitó a los Estados miembros a seguir los principios recogidos en el documento para abordar los riesgos de la Fractura hidráulica de gran volumen ("fracking), la técnica utilizada en las operaciones de extracción del gas de esquisto.


Para dar a los inversores y al resto de agentes interesados la información que necesitan, el informe examina de qué manera se ha aplicado la recomendación en los Estados miembros y se sugiere el camino a seguir.

El documento concluye que en los últimos dos años y medio, se han abierto un número limitado de pozos de exploración de gas de esquisto en un número reducido de Estados miembros. Las disposiciones de la Recomendación se han aplicado de forma desigual, y en algunos casos sin seguir las recomendaciones estipuladas en el texto.

Los Estados miembros deben seguir implementando medidas para alcanzar los objetivos establecidos, tanto en la aplicación de la Recomendación como en la aplicación correcta y uniforme de la la legislación medioambiental de la UE.

La Comisión se centrará ahora en el aumento de la transparencia de esta actividad extractiva, el desarrollo de una base dedatos de actividades convencionales y no convencionales de petróleo y gas, y seguirá monitoreando la evolución del sector a nivel nacional.

También fomentará una aplicación correcta y uniforme de la legislación medioambiental de la UE en los diferentes Estados miembros y alentará el uso de las mejores prácticas para abordar los impactos y riesgos de la extracción de gas. Asimismo buscará subsanar las lagunas en los conocimientos científicos sobre los riesgos para salud pública e impactos ambientales.

¿Qué dice la Recomendación?

PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

Antes de conceder una autorización para una exploración y/o producción de hidrocarburos que puedan dar lugar a la aplicación de la fracturación hidráulica de alto volumen, los Estados miembros deben preparar una evaluación ambiental estratégica para prevenir, gestionar y reducir los impactos y los riesgos para la salud humana y el medio ambiente. 


Los Estados miembros deben establecer normas claras sobre posibles restricciones de actividad, por ejemplo en zonas protegidas o expuestas a inundaciones o a seísmos, así como sobre las distancias mínimas entre las operaciones autorizadas y las zonas residenciales y las zonas de protección de las aguas. Asimismo, deben establecer limitaciones en relación con la profundidad mínima entre la superficie que va a fracturarse y las aguas subterráneas.

Los Estados miembros deben brindar a la población afectada la oportunidad real de participar desde el principio en el desarrollo de la evaluación de impacto ambiental.

AUTORIZACIONES DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

Los Estados miembros deben velar por la plena coordinación de las condiciones y los procedimientos para la obtención de autorizaciones de acuerdo con la legislación aplicable de la Unión, en caso de que:

a) la responsabilidad de conceder la autorización o autorizaciones necesarias recaiga sobre varias autoridades competentes;
b) participen varios operadores;
c) se necesiten varias autorizaciones para una fase concreta del proyecto;
d) se necesiten varias autorizaciones con arreglo a la legislación nacional o de la Unión.

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